Zona Educativa número 14 del estado Mérida

martes, 15 de marzo de 2016

BASAMENTO LEGAL

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
PERSONAL DOCENTE

El personal docente se rige por el Reglamento del Ejercicio de la Profesión Docente, Convenciones Colectivas y otras leyes.

PERSONAL ADMINISTRATIVO FIJO

El personal administrativo fijo se rige por la Ley del Estatuto de la Función Publica, el Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa, VIII Contrato Colectivo Trabajadores Administrativos del Ministerio de Educación y Deportes 2005-2007 y otros.

PERSONAL ADMINISTRATIVO CONTRATADO

El personal administrativo contratado se regirá por la LOTTT.

PERSONAL OBRERO

El personal obrero se rige por la LOTT, Reglamento de la Antigua LOTTT, Convencion Colectiva de Trabajo 2013-2015.

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